CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por particular contra Servel y 12° Juzgado de Garantía de Santiago por no ser incluido en padrón habilitado para votar en Plebiscito Constitucional.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 12 de la Constitución Política de la República.