Recursos especiales

Reclamo por valor de expropiaciones.

CS rechaza casación en el fondo y declara indemnizable “inversión excesiva de urbanización”.

“la facultad soberana de los magistrados del fondo en la apreciación de las probanzas, no sólo comprende la que se practique respecto de cada una de ellas singularmente consideradas, sino que se extiende, además, a la valoración comparativa entre los diversos medios, de acuerdo con lo que dispone el artículo 428 del Código de Procedimiento Civil, según el cual entre dos o más pruebas contradictorias y, a falta de ley que resuelva el conflicto, los tribunales preferirán las que crean más conformes a la verdad”.

4 de junio de 2012
Con un voto en contra.

Corte Suprema desestimó recursos de casación en el fondo interpuestos en contra de cinco sentencias de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó demandas de nulidad de derecho público relativas a la invalidación del nombramiento de funcionarios municipales

De acuerdo a lo establecido por el máximo tribunal no puede estimarse que la invalidación de esos nombramientos infrinja un aparente derecho de propiedad que los actores tendrían sobre sus cargos, ni aun la estabilidad en el ejercicio de los mismos.

31 de mayo de 2012
Hay voto en contra.

CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de sentencia de la Corte de Concepción que rechazó demanda de reparación de daño ambiental.

“conforme a la prueba rendida, apreciada ésta conforme a las normas de la sana crítica, se encuentra acreditada la existencia del daño ambiental denunciado por la demandante”, consistente en “el socavamiento de la ribera izquierda del río en el sector Paraguay y la erosión de la misma que afectó a los predios ribereños en desmedro del hábitat natural con sectores de agua estancada”, daño que es imputable a la infracción por parte de la demandada a las normas medioambientales.

31 de mayo de 2012
Hay voto en contra.

CS acoge recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Santiago que rechazó demanda de cuidado personal.

“en estas materias debe tenerse siempre en consideración el interés del niño, como principio fundamental e inspirador del ordenamiento jurídico nacional, de relevancia transversal en la legislación de familia y de menores. Así lo dispone, por lo demás, el artículo 16 de la Ley N°19.968 y aun cuando constituya un concepto indeterminado, cuyo alcance se aprecia cuando es aplicado al caso concreto, puede afirmarse que consiste en el pleno respeto de los derechos esenciales del niño, niña o adolescente, para procurar el cabal ejercicio y protección de sus derechos esenciales”

13 de abril de 2012
Tercera sala.

CS desestima casación en el fondo por término de arriendo de inmueble fiscal.

“la alegación de fondo del recurso –hubo incumplimiento contractual de la reclamada- carece de hechos que le sirvan de sustento, los que en razón de la naturaleza de este recurso no podrán ser establecidos por este tribunal, toda vez que no se ha denunciado ninguna infracción de las leyes reguladoras de la prueba”.

21 de marzo de 2012
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