TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del Código de Justicia Militar.
La gestión pendiente incide en los autos seguidos en el Juzgado Naval de la Primera Zona Naval.
La gestión pendiente incide en los autos seguidos en el Juzgado Naval de la Primera Zona Naval.
El texto consiste en una sistematización de los criterios de ambas salas del Tribunal Constitucional respecto a las inadmisibilidades de requerimientos de inaplicabilidad.
La gestión pendiente incide en los autos sobre reclamo de ilegalidad de que conoce la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
La gestión pendiente incide en los autos criminales que no conoce el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ordinario seguidos por un concesionario contra el Fisco, de que conoce el 12° Juzgado Civil de Santiago.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de queja deducido contra los Ministros y el abogado integrante de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco.
La gestión pendiente incide en un recurso de apelación de que conoce la Corte de Apelaciones de la Serena, interpuesto en contra la sentencia del Juzgado de Garantía de Ovalle que acogió la decisión del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento.
El TC expone que el requerimiento de autos incurre en la causal de inadmisibilidad del numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC
Concluye el TC sosteniendo que es posible colegir que el requerimiento de autos no se encuentra razonablemente fundado.
La gestión judicial pendiente incide en autos de reclamación en contra la Superintendencia de Educación, de que conoce la Corte de Apelaciones de Temuco.