Recurso de nulidad

Recurso de nulidad rechazado por Corte de Concepción.

Términos documento “público», «auténtico» y «oficial» son expresiones equivalentes” por lo que no hay razón interpretativa para distinguir las nociones documento “público», » auténtico» y «oficial» para los efectos de los delitos de falsedad documental.

No nos encontramos en presencia de un error de derecho, toda vez que los jueces, optaron por una interpretación de la norma, que resulta plausible para parte de la doctrina, y que esta Corte comparte, por lo que no existe una infracción de ley.

26 de marzo de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Agravante especial respecto de delitos de lesiones corporales en contexto de violencia intrafamiliar no se puede aplicar a enajenados mentales, resuelve Corte de Valparaíso.

Hay un yerro jurídico en lo relativo al delito de lesiones menos graves, al condenar a la recurrente, en cuanto al determinar la extensión de la medida de seguridad se impuso en un rango mayor al que correspondía. No se puede aplicar lo indicado en el artículo 400 del código punitivo, pues aquello acarrea un disvalor mayor del señalado en la ley estableciendo una agravación especial que el artículo 481 del Código Procesal Penal excluye para imputados enajenados mentales.

25 de marzo de 2024
Recurso de nulidad acogido por Corte de Valdivia.

A la víctima le quedaban solo meses para salir en libertad antes de sufrir una herida cortopunzante dentro de la unidad penal por lo que no se aviene con las máximas de la experiencia que haya absuelto al acusado sosteniendo que fue un suicidio.

Si bien es común dentro de los internos realizarse cortes para obtener atención a sus peticiones o para ser llevados al ASA, no es dable concluir que se auto lesionara de la forma que dan cuenta las lesiones constatadas en la autopsia, considerando que, a pesar de los auxilios, la lesión era de tipo vital.

21 de marzo de 2024
Recurso de nulidad rechazado.

Control vehicular puede mutar a control de identidad si Carabineros observa en los ocupantes del móvil una actitud -que en contexto- puede ser indiciaria de delito.

La imputada era pasajera en un taxi, y al notar la presencia de Carabineros, intentó ocultar municiones y droga que transportaba, conducta que fue percibida por los agentes que al controlar su identidad y practicar el registro a sus vestimentas, corroboraron que la acusada portaba municiones de escopeta, cocaína, y dinero en efectivo producto de la venta de estupefacientes.

20 de marzo de 2024
Recurso de nulidad acogido.

Celeridad del juicio oral simplificado no autoriza al juez de garantía omitir su obligación de dar a conocer íntegramente la sentencia absolutoria por escrito.

La querellante sostuvo que el fallo de absolución sólo contenía la parte resolutiva, remitiendo las consideraciones y razonamientos del tribunal “al audio de la audiencia de juicio simplificado”, omisión que infringe el artículo 39 en relación con los artículos 381 y 396, todos del Código Procesal Penal.

18 de marzo de 2024
Recurso de nulidad rechazado.

Manejar un vehículo en zigzag es un indicio válido que habilita a Carabineros a practicar un control de identidad.

La conducción errática del acusado alertó a personal de Carabineros para controlar al conductor, y al detenerlo se percató que conducía el vehículo en estado de ebriedad, pese a tener su licencia de conducir suspendida por sentencia firme previa; por ende, el control y detención del imputado se ajustó los criterios del artículo 85 del Código Procesal Penal.

18 de marzo de 2024
Derribó muro, poste de luz e impactó vehículo estacionado.

Condena impuesta a acusado que chocó en estado de ebriedad en la comuna de Nueva Imperial, se confirma por la Corte Suprema.

El imputado intentó revertir el castigo argumentando que fue detenido en un procedimiento ilegal, pues nadie autorizó a Carabineros ingresar a su domicilio -lugar en que fue capturado- sin una orden judicial previa, tesis que fue desechada por la magistratura, al verificar que los funcionarios actuaron dentro del plazo para perseguir un delito flagrante según el artículo 129 del Código Procesal Penal.

18 de marzo de 2024
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Chillán.

El acusado prendió fuego al borde de la pared de la vivienda sabiendo que su hermano tenía problemas de movilidad para desplazarse por lo que concurre el dolo exigido para condenarlo por el delito de incendio causando la muerte.

El delito de incendio es pluriofensivo, pues si bien es cierto tiene como bien jurídico protegido la propiedad, no lo es menos que también prevalece en él, el daño que sufren o peligro que corren las personas y la seguridad colectiva y en cuanto a su tipicidad el verbo rector del tipo es incendiar, el que debe ser entendido en su sentido natural, esto es, según el Diccionario de la R.A.E: poner fuego a cosa que no está destinada a arder; como edificio, mieses, etc.

16 de marzo de 2024
Páginade 93