Recurso de nulidad

Recurso de nulidad acogido por Corte de Santiago.

El tribunal omitió abonar correctamente a la pena sustitutiva el tiempo de arresto domiciliario nocturno al que estuvo sujeto el condenado, lo que configura un error en la aplicación del derecho.

Si bien el artículo 348 del Código Procesal Penal exige el cumplimiento parcial de doce horas de privación de libertad para ser considerado como un día de abono, no señala que dicho lapso deba ser cumplido dentro de un mismo día, lo que permite se sume el total de horas de privación de libertad cumplidas, las que luego deben fraccionarse en períodos de doce horas a fin de determinar el número de días totales de abono.

17 de julio de 2023
Recurso de nulidad acogido por Corte de La Serena.

Como manifestación del derecho a defensa y garantía del debido proceso se reconoce el derecho a confrontación y contra examen de los testigos y peritos.

Su infracción no sólo perjudica al acusado, sino que a la sociedad en su conjunto ya que deteriora las condiciones de producción de la prueba que minimizan la posibilidad de error en la decisión judicial. Se autorizó la incorporación de prueba nueva en términos diversos a la solicitud del Ministerio Publico, y los testimonios no estuvieron a disposición de la defensa en forma previa lo que vulnera el derecho a la defensa.

17 de julio de 2023
Recurso de nulidad rechazado, pero se ordena comunicar la sentencia.

No puede alegar un vicio de nulidad quien se considere agraviado si no se le ha comunicado la sentencia, resuelve Corte de Valdivia.

La audiencia de comunicación de la sentencia no ha agotado su propósito, al encontrarse vedado el acceso del querellante al texto íntegro del fallo escrito, por lo que ordenó al Tribunal realizar una nueva audiencia al efecto, en la que se le entregará copia integra del fallo al querellante a fin de que ejerza sus derechos.

17 de julio de 2023
Recurso de nulidad acogido.

Juez de garantía debe cumplir con la obligación de dar a conocer de forma íntegra y por escrito la sentencia sin importar que el delito en cuestión sea de acción penal privada.

La obligación establecida en los artículos 39, 396 y 405 del Código Procesal Penal, debe ser cumplida por la magistratura aun cuando el delito sea de acción penal privada y el resultado de la decisión sea la absolución, pues de omitir dicha exigencia, el tribunal priva a los intervinientes de ejercer su derecho a recurso al desconocer los fundamentos del fallo.

15 de julio de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Actuación autónoma de guardia de seguridad aprehensor no vulnera el debido proceso, debido a que sólo adelantó unos minutos el mismo resultado al que arribó la policía posteriormente.

Un guardia de seguridad detuvo al acusado al observar que se disponía a abrir vehículos estacionados en un mall con un control universal. Posteriormente, lo trasladó a una oficina donde el infractor le entregó el control universal y un destornillador modificado para abrir cerraduras, actuación autónoma que no infringe el debido proceso, pues no altera las funciones de los agentes policiales que arribaron unos minutos después al lugar de los hechos.

13 de julio de 2023
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