Funcionarios a contrata que postularon a cargos de jefatura por vía ADP y fueron designados, pueden computar el tiempo servido para alegar confianza legítima.
Los funcionarios nombrados por Alta Dirección Pública que concluyen su período legal en cargos de segundo nivel jerárquico pueden hacer valer el principio de confianza legítima basándose en el tiempo que prestaron servicios a contrata en el mismo servicio, en el periodo inmediatamente anterior a su designación.