Bolivia: El referéndum 21 F prevalece constitucional y democráticamente.
El Tribunal Constitucional incurre en la aberración jurídica de servir incondicionalmente al Ejecutivo; continúa en la arena del grave desconocimiento de la Constitución, ingresa en una probable ruptura del orden constitucional, se arroga la interpretación auténtica del artículo 23 de la CADH que le corresponde a la Corte IDH.