Impugnan ante el TC norma que permitiría embargar subvenciones escolares a una sociedad educacional.
La gestión pendiente incide en autos sobre cobranza laboral, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre cobranza laboral, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La requirente estima que los preceptos impugnados infringirían los principios de juridicidad y supremacía constitucional.
La gestión pendiente incide en autos sobre tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Quillota.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de arrendamiento, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Temuco, en actual conocimiento la Corte de Apelaciones de esa ciudad.
La gestión pendiente incide en autos laborales sobre prácticas antisindicales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Calera, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso.
La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso, ya que impide la tutela efectiva de los derechos del arrendatario.
Expuso en síntesis la Magistratura Constitucional que el requerimiento en cuestión no supera un estándar esencial para sortear en derecho los requisitos negativos contemplados en el artículo 84, numerales 5º y 6º de la LOCTC.
La requirente estima que los preceptos impugnados vulneran el debido proceso, el derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita y el derecho de propiedad.
La jueza requirente estima que los preceptos impugnados infringirían la igualdad ante la ley y el debido proceso.