Normas que establecen medidas precautorias y apremios, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación de los preceptos en el caso concreto, vulnera normas y garantías constitucionales.
El requirente alega que la aplicación de los preceptos en el caso concreto, vulnera normas y garantías constitucionales.
El requirente alega que la medida resulta arbitraria y pone en riesgo su funcionamiento, afectando el derecho a la libertad de enseñanza y educación.
Parte de las normas sobre las cuales emitió pronunciamiento fueron declaradas conforme a la Constitución. Iniciativa está lista para ser promulgada y publicada.
La requirente estima que la sanción establecida es desproporcionada y automática, vulnerando el debido proceso.
Normas impugnadas cumplen con los estándares mínimos de debido proceso, por lo que los supuestos vicios invocados deben ser conocidos por los jueces de fondo.
El requirente alega que el precepto impugnado contradice la Constitución, en la forma en que ésta regula el desafuero de autoridades públicas.
El requirente alega que la aplicación del precepto en el caso concreto vulnera preceptos constitucionales, afectando la igualdad de la relación procesal.
El requirente alega que la aplicación del precepto en el caso concreto infringe su garantía a la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El requirente estima que la fijación del mínimo de la subasta resulta desproporcionada, vulnerando sus derechos de igualdad ante la ley y de propiedad.
El requirente alega que se extiende la persecución penal más allá de lo que la Constitución permite, vulnerando su derecho a la seguridad jurídica y el debido proceso.