CS confirma sentencia que rechazó acción de protección contra Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso.
“no habiendo existido ilegalidad ni arbitrariedad en las actuaciones del Intendente recurrido que deban y puedan ser subsanadas mediante las facultades que el conocimiento de esta acción otorga a esta Corte, la acción deducida no podrá prosperar, toda vez que ésta garantiza el legítimo ejercicio de los derechos y garantías que señala el artículo 20 de la Constitución Política de la República cuando éstos sean vulnerados –privados, perturbados o amenazados- mediante actuaciones positivas o abstenciones que sean ilegales o arbitrarias”.