CS confirmó una sentencia de la Corte de Santiago que desestimó un recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección de Vialidad por ordenar la apertura de un camino.
(…) la circunstancia de “que con anterioridad hayan existido pronunciamientos en sede de protección favorables a las pretensiones de los actores no es óbice para desestimar ahora un recurso de protección contra la Dirección de Vialidad”.