CS acogió protección deducida por SOQUIMICH contra empresa de agua potable por reducir suministro a planta ubicada en María Elena.
La recurrente adujo que se amenaza el derecho a la vida y a la integridad psíquica y física.
La recurrente adujo que se amenaza el derecho a la vida y a la integridad psíquica y física.
La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Egnem, quien fue del parecer de revocar la sentencia de primer grado.
Los recurrentes estimaron amenazado el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.
Los recurrentes adujeron que se vulneró la igualdad ante la ley.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Dolmestch, quien fue de opinión de rechazar el recurso interpuesto.
El recurrente consideró vulnerado el derecho al juez natural.
El derecho del recurrente a mantener su vida privada reservada al ámbito de su intimidad ha sido perturbado.
La recurrente consideró vulnerada la igualdad ante la ley.
El recurrente consideró vulnerado el derecho a la integridad psíquica, el debido proceso y el derecho de propiedad.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Muñoz y Prado, quienes estuvieron por confirmar el fallo en alzada.