CS rechazó protección contra TGR y Universidad de Chile por retener de devolución de impuestos pago de crédito universitario adeudado por egresado de derecho.
El recurrente estimó que se vulnera el derecho al debido proceso y a la propiedad.
El recurrente estimó que se vulnera el derecho al debido proceso y a la propiedad.
El recurrente estimó que se vulnera el derecho a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
La recurrente indicó que se vulneró el derecho de propiedad.
La Corte de Rancagua indicó que los bienes nacionales de uso público y pasajes del loteo Condominio Club de Polo, su dominio pertenece a la nación toda.
Los recurrentes aducen haberse vulnerado el derecho de propiedad, por cuanto se modifican unilateralmente los contratos que son parte de sus patrimonios.
El recurrente alegó la vulneración de su honra, imagen y vida privada.
Si bien el colegio cuenta con un reglamento interno, no lo aplica suficientemente como para asegurar la coexistencia armónica.
En la especie, el recurrente ha satisfecho la exigencia de acreditar la existencia de un derecho de carácter indubitado.
El fallo concluyó manifestando que la Dirección recurrida no incurrió en un acto ilegal o arbitrario.
El recurrente señaló haberse vulnerado la libertad de trabajo, por cuanto la recurrida le ha impedido ejercer su trabajo.