Si trabajador de una faena minera sufre accidente fuera de su jornada, pero mientras pernocta en dependencias de ésta, debe ser calificado como accidente del trabajo.
La resolución de la SUSESO vulnera el derecho a igualdad ante la ley y el de propiedad, toda vez que hace radicar en él el peso económico del accidente, en circunstancias que, de haberse decidido conforme a derecho, se encontraría cubierto por el seguro de accidentes del trabajo.