CS confirmó sentencia que acogió protección contra Superintendencia de Seguridad Social por rechazo de licencias médicas.
La Corte de Santiago indicó que existió un acto ilegal y arbitrario de parte de la recurrida.
La Corte de Santiago indicó que existió un acto ilegal y arbitrario de parte de la recurrida.
El máximo Tribunal indicó en su sentencia que la sanción impuesta es desproporcionada y por ello desprovista de la racionalidad que debe orientar a los actos sancionadores de la Administración.
Las recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 4, 21 y 24.
El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 número 2, 4 y 24 de la Constitución.
La Corte de Santiago indicó en su oportunidad que resulta indiscutido que la expulsión del amparado del territorio nacional fue a consecuencia de una orden pronunciada por autoridad facultada para disponerla.
El recurrente estimó vulnerado su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numeral 24.
El máximo Tribunal indicó en su sentencia que la Universidad ajustó su proceder al ordenamiento jurídico, sin que esto pueda ser calificado como arbitrario, desde que en su rol de proteger los créditos relativos al Fondo Solidario Universitario.
Los recurrentes estimaron vulneradas la garantía establecida en el artículo 19 número 24 de la Constitución.
El recurrente alegó que fue conculcada la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías establecidas en el numerales 2, 3 inciso 5 y 24 del artículo 19 de la Constitución