CS confirmó sentencia que acogió protección contra particular por impedir acceso a pozo que abastece a comunidad rural.
El recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley.
El recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley.
La recurrente estimó infringido el derecho de propiedad, ya que, previo pago de los aranceles respectivos, incorporó a su patrimonio la opción a obtener un título de post grado.
El recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley, ya que el recurrido le ha otorgado un trato diferenciado respecto a quienes pertenecen a partidos políticos o han pactado con ellos.
El recurrente estimó vulnerado el derecho de propiedad, ya que se le priva del derecho adquirido que tiene por haber ejercido su cargo.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Aránguiz y la abogada integrante Etcheberry, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada.
El acto contra el cual se recurre corresponde a una resolución dictada por un Tribunal de la República.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Sandoval, quien fue de la opinión de confirmar la sentencia apelada.
Conducta de huelguistas puede desencadenar consecuencias nefastas para su vida y salud.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta admitió el recurso de protección y dio orden de no innovar.
La recurrente estimó vulnerado el respeto a la honra de la persona, ya que se afecta directamente su prestigio comercial al causarse una lesión a su imagen.