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Se ordenó reincorporación.

CS acogió recurso de protección deducido en contra de resoluciones que pusieron fin a prórrogas de contratos de funcionarios de la salud.

que los elementos de juicio precedentemente expuestos permiten concluir que la actuación del Director del Hospital San Carlos de Ancud es ilegal y arbitraria, afectando la garantía fundamental de los recurrentes consagrada en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República

5 de septiembre de 2013
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