CS rechaza protección presentada por comunidades de indígenas por extracción de áridos en el río Cautín.
El máximo Tribunal descartó que se encuentre probado la extracción de material desde la ribera del cauce.
El máximo Tribunal descartó que se encuentre probado la extracción de material desde la ribera del cauce.
El máximo Tribunal acogió el recurso de nulidad presentado, tras establecer infracción a las normas del debido proceso, por reunión realizada en el Ministerio Público, a la que asistieron tres testigos que iban a ser presentados en el juicio oral.
El Tribunal de alzada revocó el fallo dictado el 20 de julio de 2017 por el Segundo Juzgado de Policía Local, que había rechazó en todas su partes la querella infraccional y demanda civil presentadas.
El Tribunal pretendía que se dejara sin efecto la sanción por no mantener las condiciones sanitarias y ambientales que resguarden la vida y salud de los trabajadores en faena.
La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido y anuló la sentencia impugnada.
La sentencia razona que quedó establecido el actuar con apego a la legalidad de los recurridos.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el 13° Juzgado de Letras Civil de Santiago.
La audiencia de comunicación de la sentencia se programó para viernes 20 de octubre.
El Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta había condenado a la empresa por infringir la ley sobre protección de derechos de los consumidores al aplicar una cláusula abusiva al denunciante.
Romana Pacia, académica italiana, analiza la legislación italiana en materia de uniones civiles homosexuales y su relación con la protección de los derechos del niño.