Prisión preventiva anticipada procede respecto de quien está afecto en causa diversa a análoga medida cautelar, resuelve Corte de San Miguel.
Con arreglo a lo preceptuado en el artículo 141 del Código Procesal Penal no procede imponer la medida cautelar de prisión preventiva en forma anticipada con respecto a un imputado que no se encuentra cumpliendo una condena, refiere el voto en contra.