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Ley Scelba sanciona a quienes busquen revivir al disuelto partido fascista.

Corte de Casación de Italia resuelve que el saludo romano no es delito si no busca revivir al Partido Fascista.

La Ley Mancino prohíbe manifestaciones de organizaciones, asociaciones, movimientos o grupos cuyos objetivos sean de forma explícita «la incitación a la discriminación o a la violencia por motivos raciales,” y la manifestación «conmemorativa» no cumple ninguna de las dos condiciones, por lo que los imputados quedan absueltos de delito.

22 de enero de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide apelar resoluciones dictadas en procedimientos sobre títulos ejecutivos laborales, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La impugnante alega que la norma legal objetada infringe el derecho a un procedimiento racional y justo, y al debido proceso, desde que a pesar de que han transcurrido cerca de 8 años desde la última gestión útil, no puede alegar el abandono del procedimiento, lo cual resulta desproporcionado y arbitrario, y en contra de esta resolución no se concede recurso de apelación para que dicha incidencia sea conocida o resuelta por la Corte de Apelaciones.

21 de enero de 2024
Recurso de protección rechazado por Corte de Santiago.

Integridad física y psíquica de niña de tercero básico víctima de bullyng ejercido por un compañero no se vulnera por el establecimiento educacional si este adoptó las medidas y procedimientos que prevé el reglamento.

Las medidas disciplinarias, tales como la expulsión de un alumno, constituyen una medida de última ratio cuando se afectamente gravemente la convivencia escolar por lo que, previo a dicha determinación, es necesario tomar todas la medidas formativas y pedagógicas, respetando siempre el principio de proporcionalidad y gradualidad.

21 de enero de 2024
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que exige consignación previa para promover nuevo incidente luego de haber perdido dos o más en el mismo juicio, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe el derecho a un procedimiento racional y justo, al debido proceso, desde que las sentencias que rechazaron los incidentes previos no se encuentran firmes y ejecutoriadas, y habiéndose cumplido los requisitos para declarar abandono del procedimiento promovió este incidente que se tuvo por no interpuesto y por extinguido el derecho a promoverlo nuevamente por no consignar.

21 de enero de 2024
Recurso de amparo acogido por Corte de Valparaíso.

Condenado por delito de violación en menor de 14 años no puede ser excluido del procedimiento de rebaja de condena aplicando una ley promulgada con posterioridad a la fecha de comisión del ilícito.

No obstante tratarse de un procedimiento administrativo, en éste se encuentra plenamente vigente el principio de legalidad penal. No se puede aplicar retroactivamente una norma penal desfavorable para el sentenciado, toda vez que se le exige cumplir con requisitos inexistentes tanto a la fecha en que cometió el ilícito como a la fecha en que fue condenado por sentencia firme y ejecutoriada.

21 de enero de 2024
Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.

“Funar” a una wedding planner por negarse a devolver el dinero de reserva por no llegar a un acuerdo con la novia en la fecha de matrimonio durante la pandemia, afecta su vida privada y el derecho a la honra.

Dentro de los datos de carácter personal se encuentran, entre otros, el nombre, edad, sexo, estado civil, profesión, RUT, cuenta corriente, domicilio y teléfono. En razón de esto, su divulgación y tratamiento únicamente pueden ser efectuados cuando el titular consienta en ello o la ley lo autorice, lo que sin duda no ha ocurrido en la especie.

21 de enero de 2024
Recurso de protección rechazado por Corte de Rancagua.

Carabinero dado de baja con efectos inmediatos no ha ejercido los derechos que el procedimiento administrativo le reconoce para poner fin al retardo del sumario, por lo que no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de la institución policial.

No es posible entender aquí ninguna ilegalidad o arbitrariedad que tenga el mérito de vulnerar el derecho de propiedad del recurrente, en tanto que, dependiendo del resultado final del sumario, las remuneraciones le podrán ser restituidas, pero siempre que ello sea procedente.

21 de enero de 2024
Páginade 5808