Recurso de protección interpuesto por miembro excluido de la quina en virtud de la cual se eligen a los representantes de los trabajadores en el Directorio de CODELCO, fue rechazado.
El actor no tiene un derecho indubitado a permanecer en la quina.
El actor no tiene un derecho indubitado a permanecer en la quina.
Los actores no acreditaron haber prestado servicios a su favor en régimen de subcontratación.
La medida disciplinaria aplicada al actor fue ejercida dentro de las competencias y facultades reglamentarias que le asisten a la institución.
La normativa europea establece que no hay motivo de exclusión si es posible eliminar las barreras físicas.
Existieron antecedentes que justificaron el actuar de las recurridas, lo que lleva a descartar un error injustificado o arbitrariedad de su parte.
La consulta fue realizada por la Federación Nacional de Sindicatos del Transporte.
La pretensión de la recurrente no reviste las características de un derecho indubitado susceptible de ser amparado por esta vía cautelar de emergencia.
Durante siete horas de debate, los parlamentarios justificaron su votación aseverando o desestimando los argumentos sobre si infringió la Constitución y las leyes, y si comprometió gravemente el honor de la nación. Hubo votación dividida respecto de los dos capítulos.
La Sala del Senado dio cuenta de la conformación de la instancia mixta en la sesión de este martes, con lo cual se convocó a sesión para constituir la comisión entre las 14 y 15 horas de este 17 de noviembre.
La ley, adoptada de forma definitiva por el Parlamento, preveía la posibilidad de que los directores de escuelas de primaria o de secundaria obtuvieran datos médicos de sus estudiantes para facilitar la organización de campañas de detección del coronavirus o de vacunación.