CS revocó sentencia que rechazó protección contra Dirección General de Aguas por término anticipado de «contrata» de una funcionaria.
El recurrente invocó el principio de la confianza legítima.
El recurrente invocó el principio de la confianza legítima.
El texto pretende brindar elementos para el tratamiento de la prisión preventiva, dentro de los procesos acusatorios y más precisamente, en las audiencias preliminares dentro del sistema acusatorio que rige en la provincia de Santiago del Estero, Argentina.
El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Policía Local de Pozo Almonte, que condenó al banco a pagar 15 UTM a beneficio municipal; y a la víctima las sumas de $31.746.716 por concepto de daño emergente, y $1.500.000, por daño moral.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago, que dio lugar a la demanda, pero la anuló en la parte que acogió parcialmente la indemnización de perjuicios por daño moral.
La instancia emitió una declaración pública en la que rechazó el pronunciamiento de esta instancia internacional, por considerar zanjada la materia tras el correspondiente fallo de La Haya.
La iniciativa será votada en particular la próxima semana a la espera de la revisión de indicaciones por parte del Ejecutivo. Durante la misma sesión, la instancia aprobó y despachó a Sala el proyecto conocido como «Ley Machuca».
El Tribunal acogió la acción judicial y condenó a los demandados a pagar solidariamente por daño moral, las sumas de $5.000.000 a cada progenitor, y $15.000.000 a la víctima directa, tras establecer su responsabilidad en el accidente registrado en abril de 2015, en la comuna de Las Condes.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, que acogió la denuncia interpuesta por el Servicio Nacional del Consumidor.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso deducido por la madre del menor en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Familia de San Felipe, en abril pasado.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada que condenó a Julio Salazar Lantery, Carlos Durán Low, Jorge Andrade Gómez y Jorge Vargas Bories a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de delito.