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Recurso de casación en el fondo acogido.

Constituye precario la tenencia de una cosa ajena sin previo contrato. Es necesario la absoluta y total carencia de cualquier relación jurídica entre el propietario y el ocupante de la cosa.

La demandante reconoció que le entregó el predio a su hijo para que viviera con su núcleo familiar, que incluía a la demandada, razón por la que la ocupación no era un acto ignorado o tolerado como lo exige el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil.

16 de julio de 2022
Dictamina la Contraloría.

Publicaciones en redes sociales de municipalidades de Cerro Navia, Cerrillos y Quinta Normal y actividades desarrolladas en instalaciones de municipios de Cerro Navia y Maipú no cumplen con el deber de prescindencia ante el plebiscito de salida.

El personal de la Administración del Estado se encuentra impedido en el desempeño de sus funciones tanto a promover una postura específica del plebiscito como a vincular con alguna opción al organismo que representan. Esto relacionado al deber de probidad, fiel desempeño de la función pública y correcto uso de los recursos públicos.

15 de julio de 2022
Páginade 5283