Corte de Valparaíso rechazó recurso de nulidad interpuesto por la defensa del autor del crimen de Nicole Saavedra.
No concurren los vicios alegados por la defensa del sentenciado, por lo que no merece reproche la sentencia impugnada.
No concurren los vicios alegados por la defensa del sentenciado, por lo que no merece reproche la sentencia impugnada.
El Tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.
La resolución consigna que atendida la complejidad y extensión del asunto que motiva la solicitud y con la finalidad de propender a la mayor agilización en su tramitación, se hace lugar a lo pedido y, en consecuencia, se releva a la Ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago Romy Rutherford Parentti de integrar Sala y Pleno de ese tribunal y de la Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros, a contar del 2 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2022.
El Tribunal de alzada desestimó que la información solicitada al Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (Demre), de la casa de estudios por ley de transparencia, tenga carácter de reservada.
La norma establece una discriminación arbitraria respecto de los médicos que hayan obtenido su título profesional en el extranjero y quieran ejercer en el ámbito de la especialidad o subespecialidad respectiva, limitando su ejercicio al sector público.
Un servicio público no puede adoptar una medida que eventualmente podría afectar derechos de un funcionario sin que previamente se le permita formular sus observaciones, especialmente si así lo ordenó Contraloría.
El requirente alega que tal restricción afecta su autonomía como cuerpo intermedio y, además, sus garantías constitucionales.
Al tener que soportar de manera ilegítima a cargas, incomodidades y costos que el resto de la ciudadanía no debe soportar se vulnera su derecho de igualdad a la ley.
El requirente alega que el precepto legal no contiene criterios mínimos para la determinación de la multa a aplicar, lo que vulnera los principios de legalidad y proporcionalidad.
Lo anterior, de conformidad a los artículos 11 y 41 de la Ley sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.