Corte de Santiago confirma demanda por despido injustificado de trabajadoras de retail.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
El reclamante expone que el Servicio Electoral ha ejercido, sin mala fe, una facultad de reserva o reapertura, sin que exista norma legal que lo permita.
La gestión pendiente incide en un recurso de apelación contra sentencia definitiva de acción de amparo económico, en actual conocimiento de la Corte Suprema.
La autora aduce que la autonomía de la voluntad en el plano individual nos brinda la posibilidad de tomar nuestras propias decisiones.
El ente contralor señaló que a la afectada debe concedérsele, desde la recepción del presente dictamen, el periodo de descanso, por media jornada, que le haya faltado para completar el lapso de dieciocho semanas.
La gestión pendiente incide en autos ordinarios, seguidos ante el Juzgado de Letras de Illapel.
Las recurrentes estimaron que se vulneró la igualdad ante la ley.
El máximo Tribunal estableció falta al debido proceso al no incorporar oportunamente la sentencia escrita al sistema de registro y notificar a la defensa una semana después.
La gestión pendiente incide en autos sumarios, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Silva y del abogado integrante Munita, quienes estuvieron por rechazar el recurso de unificación de jurisprudencia.