Es nula la resolución que resta puntos del carnet de conducir de un conductor que no fue notificado del proceso sancionatorio seguido en su contra.
Si el órgano administrativo entendió que la notificación de la resolución sancionadora era irregular, razones de seguridad jurídica además de lo así recogido en la norma necesariamente llevan a que así se considere igualmente en relación a la resta de puntos acordada en el seno de dichos expedientes, que se ven privados así de la necesaria ejecutividad de la sanción al entenderla en definitiva como una resolución no notificada.