Aunque no se encuentra regulada la audiencia de reformalización en el Código Procesal Penal, no es ilegal decretar orden de detención en contra de imputado que no comparece a ella.
Entenderlo de otra manera, en el sentido de estimar que siempre una orden de detención en contra de un imputado que no asiste de manera injustificada a una audiencia de reformalización es ilegal, generaría el riesgo de no poder llevar nunca a afecto tal audiencia y perpetuar una audiencia de formalización originaria imperfecta.