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Licitación dejada sin efecto.

CGR dictamina que la Dirección de Obras Hidráulicas se ajustó a derecho al dejar sin efecto un proceso de licitación, por vulnerar el principio de libre concurrencia de los oferentes.

Considerando que el contrato a que pudo dar lugar la licitación no se verificó, no se advierte irregularidad en lo obrado por la DOH en cuanto dejó sin efecto el proceso licitatorio, toda vez que su decisión se encuentra debidamente fundada y no afectó derechos adquiridos de terceros.

16 de mayo de 2021
Páginade 5793