CS rechazó casación respecto de sentencia que no hizo lugar a demanda de indemnización de perjuicios contra Servicio de Salud.
Concluye la CS sosteniendo que el recurso de casación en el fondo adoleció de manifiesta falta de fundamento.
Concluye la CS sosteniendo que el recurso de casación en el fondo adoleció de manifiesta falta de fundamento.
Se estimó vulnerado el derecho constitucional de propiedad y el derecho de igualdad ante la ley, al negársele arbitrariamente la posibilidad de iniciar sus trámites para obtener el certificado de grado académico y el título profesional.
La administración de la AFP estatal estará a cargo de un directorio de 7 miembros designados por el Presidente de la República, incluyendo el nombramiento de quien lo presida.
Concluye en esencia la Corte Suprema estimando que esta propuesta no cumple con el objeto deseado.
Terminada la causa, el recurrente solicitó a la Fiscalía Local que dejara sin efecto las órdenes de encargo y búsqueda, lo que a la fecha no se ha cumplido.
El Jefe del Departamento de Información Pública de Carabineros adujo en esencia que la información solicitada suponía tal despliegue, al punto de evacuarse 500 oficios dirigidos a cada una de las principales reparticiones que dicha institución tiene en el país.
Aprobada la idea de legislar en torno al proyecto, se fijó como plazo hasta el 4 de agosto para realizar las respectivas indicaciones.
En relación a la presentación de Soquimich, arguyó el fallo que lo cierto es que SQM no puede ser considerada como solicitante en un procedimiento iniciado de oficio ni tampoco como directamente afectado por la Resolución Exenta N° 79.
La justicia chilena dará cumplimiento a una serie de recomendaciones formuladas en noviembre del año 2013 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y será analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.