Procede la excepción de cosa juzgada en juicio de precario opuesta por quien ocupa la propiedad en nombre de su padre si la acción que en su momento se enderezó en contra de éste había sido rechazada.
El recurrente quiso desvirtuar el hecho que el demandado y su padre viven juntos, y que este último ya había obtenido una sentencia a su favor en cuanto a la ocupación del inmueble reclamado.