CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Carabineros de Chile que ingresaron a predio sin autorización.
El predio estaría en disputa entre una empresa y los amparados.
El predio estaría en disputa entre una empresa y los amparados.
Recurrente estimó infringidas las garantías constitucionales previstas en los numerales 1, 4 y 24 de la Carta Fundamental.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas indicó que la medida de intervención ha sido adoptada en uso de las facultades de gestión del directorio nacional del colegio de profesores, en la forma prevista en los estatutos y en un caso debidamente fundamentado, dada la gravedad de los hechos constatados en la auditoría efectuada, no se avizoró ilegalidad, ni arbitrariedad en la decisión que se atacó por medio de este recurso.
El máximo Tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en contra de la sentencia que no dio lugar a la demanda por denunciar hechos posteriores al fallo dictado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia sobre la materia.
El máximo Tribunal consideró arbitraria la decisión de limitar a sólo una hora el permiso para la madre, ya que al realizar una jornada de 24 horas de turno cumple con 3 jornadas de trabajo.
La propuesta fue analizada desde el punto de vista financiero. También los congresistas dieron luz verde a un acuerdo entre Chile y Alemania que impulsa la coproducción de películas.
El Colegio de Abogado entregó la propuesta al Presidente de Corte Suprema y al Ministro de Justicia.
El presidente de la entidad, Jorge Jaraquemada, afirmó que «dado el carácter de dato sensible, no se puede dar a conocer el nombre de una persona enferma o eventual contagiado, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de dicha persona».
Entre los puntos en los cuales se ha avanzado se encuentra legislar para el control del alza de precios y la postergación del pago de los permisos de circulación. Políticamente, se acordó el aplazamiento del plebiscito constitucional desde el 26 de abril al 25 de octubre.
El Tribunal de alzada fijó en $10.000.000 el monto a indemnizar por la publicación de la supuesta morosidad durante tres meses.