TC declara admisibilidad parcial de inaplicabilidad que impugna el artículo 768 del CPC en aquella parte que impide la interposición de casación en la forma por determinadas causales en juicios regidos por leyes especiales.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.