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Prisión preventiva.

TC español declara que prisión preventiva de Presidente de partido político Catalán respeta el principio de legalidad, proporcionalidad y persigue un fin legítimo.

La Magistratura española concluyó que las resoluciones impugnadas no han vulnerado el derecho a la libertad personal (art. 17 CE) porque han superado el examen de constitucionalidad basado en unos hechos presuntamente constitutivos de delitos graves y un riesgo de reiteración delictiva, que daría lugar a perjuicios singularmente graves.

18 de enero de 2020
Cámaras de videovigilancia.

TS de España rechazó recursos de casación y validó como prueba cámaras de videovigilancia en robo a joyería.

El Tribunal Supremo ibérico consideró que la existencia de cámaras de videovigilancia instaladas en el entorno seguro de comercios o establecimientos que den a la vía pública y capten imágenes de un hecho que es delito ?como ocurrió en este caso- no suponen una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen, en contra de lo que alegó el recurrente en su recurso.

17 de enero de 2020
Páginade 5810