TEDH rechazó demanda de una trabajadora familiar española despedida por ausentismo laboral a causa de migrañas crónicas.
No hubo vulneración de los derechos consagrados en los artículos 14, 15 y 24 de la Constitución Española.
No hubo vulneración de los derechos consagrados en los artículos 14, 15 y 24 de la Constitución Española.
El requirente aduce que se vulnera la libertad personal y seguridad individual, pues no se cumple el parámetro de proporcionalidad, toda vez que existe otra medida por medio de la cual se pueda lograr el mismo objetivo, sin que sea arrestado.
Recientemente la Ciudad de México, a través de su Poder Legislativo, aprobó la denominada “Ley Ingrid”, con la finalidad de sancionar a aquellos servidores públicos que difundan imágenes de víctimas.
Los recurrentes solicitaron a la Corte disponer de acciones de compensación y mitigación para la comunidad, ya que la contaminación vulnera los derechos fundmentales del artículo 19 Nº 1, 8 y 24 de la Constitución.
La resolución impugnada señala que, atendido que el requerimiento de formula sólo por tres concejales, de lo que se infiere que no cumple con el quórum mínimo que exige el inciso 4 del artículo 60 de la LOC de Municipalidades.
La decisión de la recurrida se fundó en el derecho y facultad que tiene para administrar las dependencias comerciales de su propiedad.
La controversia radicó en las diversas interpretaciones de la exigencia “mismo rubro o actividad económica” contenida en el artículo 364 del Código del Trabajo.
Diversos organismos internacionales han recomendado, en razón de la pandemia, la estricta protección de las mujeres embarazadas y sus hijas e hijos.
Tribunal Ambiental de Valdivia sustituyó la paralización de las actividades del “Proyecto Inmobiliario Paihuen”, por la prohibición de descargas al lago Villarrica.
En el caso de la sentenciada Marta Eliana Isasi Barbieri, el tribunal la condenó a 50 días de prisión; más la pena de un año y cinco meses de suspensión para cargos u oficios públicos; la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena; más una multa de la mitad del monto solicitado, equivalente a $20.000.000, en calidad de autora de un delito consumado de cohecho, en relación al ilícito cometido en los meses anteriores a julio de 2012.