Datos abiertos y Coronavirus: El valor de la información para luchar colectivamente contra la pandemia.
Un análisis de la situación global y latinoamericana.
Un análisis de la situación global y latinoamericana.
La Corte Suprema señaló que, la figura jurídica del precario es una cuestión de hecho.
Entre los hechos probados, destaca que los responsables del Palau de la Música Catalana, dispusieron de los fondos de las entidades del Palau en beneficio propio.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2, 10 y 24.
La Corte Suprema señaló que, la circunstancia de haber permanecido la parte recurrente en el cargo a contrata por más de 3 años, generó la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración.
La Magistratura constitucional sostuvo que la norma impugnada vulnera la igualdad ante la ley, al dar un idéntico tratamiento al mero contribuyente moroso que al contribuyente que se ha visto expuesto a la lenidad de quien obra como acreedor.
La reclamación fue interpuesta por un grupo de vecinas, que además forman parte de la Agrupación Mujeres de Zona de Sacrificio, pues consideran que el Pan de Prevención y Descontaminación (PPDA) para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví «no cumple con el objetivo por el cual fue dictado ni con el sentido de la legislación ambiental, esto es, la protección del medio ambiente.
En el fallo el ministro en visita condenó a Millañir Ñancucheo a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito.
El Tribunal rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de casación en la forma presentado por la demandada Browse Ingeniería de Software en contra de la sentencia del 25° Juzgado Civil de Santiago, que ordenó a los demandados pagar solidariamente a Powerdata: $306.364.395 por daño emergente; $345.750.558 por lucro cesante, y $100.000.000 por daño moral.