CS confirmó sentencia que rechazó protección contra empresa que habría sobrevolado un dron con el fin de talar árboles de propiedad de recurrentes.
La recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad.
La recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad.
El fallo fue acordado con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada.
Se estimó que no cumpliendo el amparado al momento de su postulación al referido beneficio con los requisitos actualmente exigidos por la norma pertinente, no cabe sino concluir que Gendarmería de Chile no ha incurrido en la ilegalidad que se le imputa.
Alex Jürgen se han convertido en la primera persona a la que el Estado austriaco reconoce su identidad de género no binaria con la categoría «X» en su pasaporte y «diverso» en su partida de nacimiento.
El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado chileno por el sometimiento de un grupo de Carabineros a un procedimiento arbitrario de calificación y posterior despido, así como la denegación de justicia por los máximos organismos judiciales del Estado.
El procedimiento sancionatorio se inició luego de denuncias presentadas ante la SMA por las secretarías regionales ministeriales de Medio Ambiente y Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, que motivaron la realización de una fiscalización y otras acciones por parte de la Superintendencia.
La entidad es parte de las indicaciones presentadas por el Gobierno al proyecto de modernización tributaria que estudia el grupo parlamentario. La sesión para discutir este tema está programada para el próximo lunes 27 de mayo.
El ministro de fuero condenó a José Patricio Cruz Lorente y Hugo César Acevedo Godoy a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito; y a Humberto Leiva Gutiérrez a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como encubridor.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago, que ordenó a la demandada el pago de derechos de autor adeudados por local de Maipú.