Mujeres separadas y divorciadas víctimas de violencia de género son acreedoras de pensión de viudez, lo mismo que las mujeres que forman uniones de hecho.
Si la convivencia ha tenido que cesar por la existencia de violencia de género y si se cumple el resto de los requisitos, esa ausencia de convivencia no puede ser un obstáculo infranqueable para que la mujer víctima de esa violencia pueda acceder a la pensión de viudez de parejas de hecho, resuelve Tribunal Supremo de España.