Proceso administrativo se debe retrotraer al estado de otorgar traslado y citar al posible afectado, resuelve la Corte Suprema al acoger un recurso de protección.
Un servicio público no puede adoptar una medida que eventualmente podría afectar derechos de un funcionario sin que previamente se le permita formular sus observaciones, especialmente si así lo ordenó Contraloría.