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Corte Constitucional de Colombia.

Consentimiento informado de pacientes permite acreditar su conocimiento sobre los riesgos a los que se exponen en una cirugía, siendo una manifestación de su voluntad. Su ausencia permite inferir responsabilidad médica.

El consentimiento no es aquel que se otorga en abstracto, sino el referido a los riesgos concretos de cada procedimiento; sin que sea suficiente la manifestación por parte del galeno en términos científicos y complejos de las terapias a que deberá someterse el paciente, sino que deben hacerse inteligibles para que este conozca ante todo los riesgos implicados y así pueda expresar su voluntad de someterse al mismo.

10 de marzo de 2023
Pasó a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental en materia de fijación de tarifas de los planes de salud, inció su tramitación en el Senado.

Dentro de los fundamentos de la iniciativa se menciona la crisis de las Isapres y la necesidad de establecer a través de una reforma constitucional la obligación de que utilicen la tabla de factores de riesgos fijadas por la Superintendencia de Salud del año 2019.

10 de marzo de 2023
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Rusia es responsable de las torturas y apremios que las autoridades de la región separatista de Abjasia cometieron contra ciudadanos georgianos.

El alto nivel de dependencia de Abjasia al apoyo ruso durante el periodo en que ocurrieron los hechos, permite concluir que Rusia ejerció un control efectivo y una influencia decisiva sobre el territorio abjasio. Por tanto, los asuntos denunciados caen dentro de la jurisdicción de Rusia en virtud del artículo 1 de la Convención.

10 de marzo de 2023
Derecho al recurso.

Norma que impide recurrir de nulidad contra sentencia condenatoria dictada en un nuevo juicio que impone pena más gravosa que aquella del primer juicio, no produce resultados contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.

No corresponde calificar las “bondades” de las normas, solo resolver si se ajustan a los preceptos constitucionales, para así no inmiscuirse en el “ejercicio de la función pública” que cabe al Congreso. Las apreciaciones del mérito y oportunidad que llevan a la adopción de una u otra fórmula normativa corresponden al legislador.

10 de marzo de 2023
Páginade 5792