TS de España determinó que externalización de publicidad no exime a empresas de excluir a clientes que no quieren recibirla.
A un cliente de Mutua le llegó vía correo electrónico publicidad de sus seguros, por parte de una campaña de marketing externalizada, a pesar de que había pedido de forma expresa y reiterada que no se le mandasen correos publicitarios.