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Por no existir manifestación de disconformidad.

CPLT acoge amparo deducido en contra de Carabineros de Chile pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información, fundando en falta  de respuesta a una presentación a Carabineros de Chile, a través de la oficina de partes de la Central de Registro y Despacho de Correspondencia (CREDECAR) de dicha institución, en la que se solicitó información relacionada con el Cabo 2° don Walter Ramírez Inostroza, […]

14 de enero de 2013
Modifica Código Civil.

Senador Chahuán propone reconocer la doctrina del “Buen Samaritano” como causal de exención de la responsabilidad extracontractual.

“en el sistema jurídico del Common Law, vigente en Gran Bretaña, se encuentra consagrada una doctrina contenida en las denominadas «leyes del Buen Samaritano», la que se traduce en “que cuando una persona que voluntariamente auxilia o rescata, o intenta auxiliar o rescatar a otra que se encuentra ante un peligro inminente y grave, no podrá ser acusada de actuar negligentemente, siempre que no actúe en forma imprudente”.

14 de enero de 2013
Frente a empate de votos.

TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban normas referidas a funcionarios de la Administración Civil del Estado.

«estimaron que el conflicto que plantean se refiere a la inconstitucionalidad de los preceptos reprochados, toda vez que convoca a este sentenciador a determinar si su aplicación vulnera o no el derecho a la igualdad ante la ley. De esta manera, los requerimientos se encuentran razonablemente fundados, cuestión que, junto al cumplimiento de los demás presupuestos de admisibilidad, hace procedente declararlos admisibles».

14 de enero de 2013
Con disidencia.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidades que impugnan norma del Código de Aguas.

«quienes estuvieron por declarar inadmisibles los presentes requerimientos, toda vez que los efectos inconstitucionales invocados por la requirente son consecuencia del incumplimiento de una carga procesal por la propia actora y que, además, la acciones deducidas plantean una cuestión de mera legalidad, consistente en determinar si en las gestiones sub lite es aplicable el precepto legal impugnado de inaplicabilidad, o las normas pertinentes de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, asunto cuya resolución es de resorte exclusivo del juez del fondo».

14 de enero de 2013
Con el objeto de que el Estado garantice el derecho a la educación.

Senadores proponen asegurar continuidad del servicio educativo en el caso que se pierda la personalidad jurídica de instituciones de educación superior.

la reforma debe ser integral, esto es, que “se aborde un nuevo marco regulatorio para la educación superior; una nueva institucionalidad que garantice el cumplimiento de dicho marco regulatorio, en especial la prohibición de lucro; un nuevo sistema de financiamiento tanto para los estudiantes como para las instituciones, a fin de reequilibrar los aportes del Estado y las familias; y un nuevo sistema de aseguramiento de la calidad y acreditación”.

11 de enero de 2013
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