Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de reclamación presentado por compañía de televisión por cable y confirmó la multa que le aplicó el CNTV por la exhibición de filme en horario de restricción.
El Tribunal de alzada rechazó, con costas, el arbitrio intentado, tras establecer que el CNTV actuó dentro de sus facultades al aplicar la sanción de 50 UTM.