Corte de Coyhaique desestimó nulidad interpuesta por Municipalidad de Tortel contra sentencia que acogió demanda declarativa de relación laboral y despido injustificado.
La relación que vinculaba a la demandante con la Municipalidad era de carácter laboral puesto no concurría la accidentalidad de los servicios para entender que se trata del contrato que autoriza la Ley N° 18.883.