Corte de Temuco deja sin efecto orden de no innovar por pago de mensualidades de colegio privado.
El Tribunal de alzada acogió la apelación deducida por el establecimiento privado y dejó sin efecto la medida precautoria.
El Tribunal de alzada acogió la apelación deducida por el establecimiento privado y dejó sin efecto la medida precautoria.
El Tribunal de alzada acogió la acción de protección, tras estimar que el actuar de la casa de estudios vulnera el derecho de igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad del recurrente.
El máximo Tribunal acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante, anuló la resolución impugnada y, sin nueva vista, dictó sentencia de reemplazo.
El máximo Tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que ratificó la resolución que ordenó a la propietaria del animal pagar una indemnización total de $7.000.000, por concepto de daño moral, a la madre y al menor afectado.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia atacada que ordenó a las demandadas pagar indistintamente una indemnización total de $35.523.668 al trabajador.
El Tribunal de alzada estableció que la sanción impuesta se ajusta a las facultades de la autoridad recurrida.
El Tribunal de alzada revocó la sentencia que acogió la demanda, tras desestimar prácticas antisindicales en la empresa y en las divisiones de la cuprera.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que acogió la demanda de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios y, solo parcialmente, la excepción de prescripción.
El Tribunal aplicó, además, las accesorias legales de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena.
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario e ilegal de la AFP al rechazar la solicitud.