Para reclamar la nulidad de una elección de directiva de una agrupación es requisito ser socio.
La ley requiere que el reclamante tenga un interés directo electoral en la elección que impugna.
La ley requiere que el reclamante tenga un interés directo electoral en la elección que impugna.
Durante marzo y abril aumentaron las consultas respiratorias en centros de salud.
Las mujeres embarazadas constituyen un grupo que en el ámbito laboral se encuentra en una situación de vulnerabilidad notable, y que, por tanto, merecen una protección reforzada, de tal forma que sus derechos en el ámbito laboral no se vean vulnerados. Por esta razón, no queda duda de que existe una obligación del Estado que emana de la Constitución, que consiste en brindar una protección especial a las trabajadoras en situación de maternidad.
La decisión del órgano jurisdiccional tiene como fundamento evitar que en dicho predio se continúen realizando obras de loteo sin los permisos ambientales pertinentes.
El máximo Tribunal de manera excepcional y considerando la gravedad de una eventual afectación de la seguridad de los testigos confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que estableció actuar arbitrario del Juzgado de Garantía de la ciudad que había ordenado la entrega de la identidad de los testigos a la defensa del imputado.
El Observatorio estará enfocado en promover las actividades de investigación, el diálogo entre el sector público-privado, la academia y la ciudadanía, junto con posicionarse como un actor clave en materias de regulación tecnológica, tales como protección de datos personales, privacidad, ciberseguridad, ciencia de datos, Inteligencia Artificial (IA), transformación digital para el sector público y privado, delitos informáticos, propiedad intelectual, entre otros asuntos afines.
En una reciente publicación de derechointernacionalcr.blogspot.com se da a conocer el artículo «El proyecto de ley «para el reconocimiento y protección de las personas defensoras de derechos humanos y defensoras del medio ambiente» (expediente 23.588): breves reflexiones», por Nicolas Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). En la Gaceta Oficial […]
En este caso, señala el CPLT, la solicitud de información fue realizada por una persona particular y, luego de la negativa de entrega, corresponde al Consejo para la Transparencia resolver la diferencia haciendo cumplir la ley y asegurando igual respeto al derecho de acceso a la información garantizada por la Constitución, cada vez que alguien lo solicite, sin importar ninguna otra motivación.
Para el Consejo hubo una evidente negligencia de las empresas a las que está demandando en tanto, afirma “[…] que a fin de aumentar sus márgenes de ganancia fueron más allá de lo autorizado ambientalmente en la faena minera y terminaron generando el daño ambiental irreparable”.
Es la propia institución quien debe instar a tener una pronta respuesta respecto del estado de su funcionario, sin poner de cargo de éste, el término de la investigación sumaria y el pronunciamiento de la Comisión de Sanidad del Ejercito.