No procede modificar una sentencia firme durante la etapa de ejecución de la misma dado que ello transgrede la garantía de cosa juzgada.
La sentencia firme pronunciada a favor de una de las partes si se modifica importa un desconocimiento de resoluciones anteriores lo que afecta los derechos a un debido proceso y de propiedad de la actora consagrados en la Constitución Nacional.