CS revocó fallo y acogió amparo en contra de Comisión de Libertad Condicional por negar beneficio a condenado.
El condenado cumplía todos los requisitos señalados por ley.
El condenado cumplía todos los requisitos señalados por ley.
La decisión fue acordada con la prevención de los Ministros Sergio Muñoz y Carlos Aranguiz y con el voto en contra de la Ministra María Eugenia Sandoval y el Abogado Integrante Julio Pallavicini, quienes fueron de parecer de revocar el fallo en alzada y, en su lugar, rechazar el recurso de protección interpuesto, teniendo presente para ello sus propios razonamientos.
Se considerño que existía un riesgo alto de reincidencia.
La Corte de Concepción indicó en su oportunidad que no constó de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago por recurso de nulidad.
La gestión pendiente incide en autos de apelación, seguidos ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
El máximo Tribunal estimó que la operación cuestionada sólo pudo realizarse a través de la entrega de la clave dinámica de seguridad enviada al celular de la actora al momento de realizar la transacción.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de unificación de jurisprudencia, de que conoce la Corte Suprema.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 24.
La Corte Suprema declaró que se vulneró el derecho de que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales.