Corte de Santiago confirma prescripción de deuda tributaria.
El Tribunal de alzada resolvió que la deuda se encuentra prescrita de acuerdo a convenios internacionales suscritos y vigentes en el país.
El Tribunal de alzada resolvió que la deuda se encuentra prescrita de acuerdo a convenios internacionales suscritos y vigentes en el país.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar y dictaminó que el municipio deberá ejecutar medidas para llevar a cabo el retiro de los cables, en coordinación con las autoridades administrativas competentes.
El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario de la autoridad recurrida por falta de idoneidad de representantes de la empresa.
El máximo Tribunal rechazó la solicitud de la isapre de dejar sin efecto el procedimiento en que se aplicó la sanción aplicada por la autoridad fiscalizadora.
El máximo Tribunal acogió un recurso de casación y estableció que Servando Estanislao Joaquín Achurra Larraín e Inmobiliaria e Inversiones Quilicura S.A., han dañado el medioambiente de manera relevante al construir obras de captación de aguas que han secado un 80% de la superficie de la laguna.
El informe expone que en el proyecto originalmente conocido por la Corte, la División creada no poseía facultades sancionatorias directas. Ella obraba únicamente como facilitadora de un pago que, antes de la intervención del juzgado de policía local, no podía considerarse realmente sancionatorio.
El Tribunal de alzada acogió las acciones judiciales deducidos por alcalde, administrador, directores y jefes de unidad de la municipalidad, tras establecen el actuar arbitrario del órgano contralor, al aplicar sanciones antes que se resuelva recurso de nulidad de derecho público presentado en tribunales ordinarios.
El Tribunal de alzada confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda presentada en contra del laboratorio por atribuir paternidad prenatal en forma errada.
La instancia recibió exposiciones de representantes de organizaciones vinculadas tanto a la protección de niños, niñas y adolescentes, como a familiares de personas desaparecidas.
La instancia resolvió el tema del documento de voluntad anticipada, que permite a la persona solicitar a futuro una asistencia para morir. Además, comenzó a abordar el papel que tendrán los comités de ética luego de realizada la eutanasia.