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11:00 AM, vía Zoom.

Sobre el libro «La protección de expectativas en el derecho administrativo chileno», de Jaime Phillips, que se lanzará el 17 de julio.

En conexión con las garantías constitucionales que protegen la libertad y la igualdad ante la ley, este libro propone un método para que jueces y abogados puedan justificar la protección de ciertas expectativas, conciliando dos importantes necesidades: la de otorgar seguridad y la de atender los siempre cambiantes imperativos del bien común.

13 de julio de 2020
Hay voto en contra.

Acción tiene por objeto cobro de remuneraciones y que se compense en dinero feriado proporcional por el tiempo laborado, por lo que plazo de prescripción es dos años. Además, la sola presentación de demanda interrumpe prescripción.

El fallo señala que el ejercicio de las acciones judiciales tiene un plazo de prescripción diferente según tengan por objeto obtener el reconocimiento de derechos que están reglados en el Código del Trabajo o que surgen de los actos y contratos referidos en el estatuto laboral.

13 de julio de 2020
Recurso de protección acogido.

Adulto mayor en favor de quien se recurre cuenta con familiares directos que interponen acción con el objeto de visitarla y de que sea examinada por un facultativo. Carece de justificación la negativa de cuidadoras.

Aun cuando no existan antecedentes concretos de algún maltrato físico o económico de parte de las recurridas, sentencia el fallo, lo cierto es que se trata de terceros extraños a la familia que no pueden impedir el acceso de los parientes directos al domicilio o a la información de la salud de su tía, en tanto han manifestado inquietud sobre su real estado.

13 de julio de 2020
Recurso de nulidad rechazado.

Si bien denuncia de tutela como la acción de autodespido por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato se fundan en los mismos hechos, ellas apuntan a distintos objetos y tienen sus propias exigencias de procedencia.

Dichas acciones se hicieron valer una como principal y la otra en forma subsidiaria, de modo que desestimada la primera, bien podía acogerse la segunda, de manera que las decisiones de la a quo se pueden cumplir sin impedimento, por cuanto no se contraponen, así se concluye que no existen decisiones contrapuestas.

13 de julio de 2020
Páginade 5478