La cláusula arbitral es un contrato autónomo, de manera que los supuestos vicios de los que podría adolecer el contrato que la contiene, no se extienden a su validez.
Las partes han entregado al conocimiento de un árbitro las controversias que digan relación con la validez del contrato que las vincula, por lo que el conflicto debe ser ventilado ante un árbitro y no en sede ordinaria.